Preguntas frecuentes

Vivo en el exterior, ¿cómo pueden ustedes actuar en mi nombre en España?

Para algunos casos, necesitaremos que desde tu país hagas un poder. Nosotros nos encargamos de redactarlo para que cumpla con la legislación española. Los poderes podrán conferirse por cualquier escribano, que les proporcionará la Apostilla de La Haya y serán válidos en España. Hay algunas gestiones que se pueden realizar sin poder. Consulta nuestra página Gestiones y trámites

¿Ustedes pueden ejercer en toda España?

Sí, somos un despacho con sede en Barcelona pero estamos habilitados para trabajar en todo el país.

Vivo en España y el caso es en el exterior ¿Ustedes me pueden ayudar?

Depende de la naturaleza el caso. Si se aplica el marco jurídico español, nosotros lo gestionamos. Si se aplica el marco jurídico de tu país, será mejor que te represente un abogado con sede en tu país.

Soy extranjero, vivo en España con mi pareja e hijos. Tengo una propiedad en Madrid. ¿Debo hacer testamento?

Para extranjeros que viven en España es conveniente que hagan testamento ante escribano eligiendo a qué régimen legal se acogen (al español o al de su país) para el momento de hacer la sucesión. Te lo explicamos en detalle en Cómo y por qué hacer un testamento en España si eres extranjero.

Me quiero ir a vivir a España, pero no tengo pasaporte comunitario. ¿Cómo puedo hacer?

Lo explicamos en este post de nuestro blog: Cómo emigrar a España sin ciudadanía europea. 

Tengo un capital importante y me quiero ir a vivir a España. ¿Cómo llevo el dinero?

Si tiene pasaporte comunitario, deberás venir a España y fijar residencia acá, solicitando también su Número de Identificación de Extranjero (NIE). Una vez que lo tengas, puedes traer el dinero, siempre que el sistema de traslado de capital cumpla con las normativas en materia de prevención del blanqueo de capitales. Antes de hacer toda la operación, deberás asesorarse impositivamente para que no te cobren impuestos como residente sobre el capital que está trayendo a España.

Si no tienes pasaporte comunitario, entonces deberás solicitar algunos de los tipos de visado de inversor. Nosotros te ayudamos a decidir qué visado es mejor y gestionamos la solicitud. Con o sin ciudadanía europea, es muy recomendable recibir asesoramiento legal e impositivo antes de traer el dinero a España, ya que hay normas estrictas. Consulta nuestra página Impuestos.

Tengo ingresos que me permitirían vivir en España. ¿Cómo puedo hacer para ir allá?

Si tiene ingresos estables importantes, ya sea por renta de capital, jubilación o pensión, puede solicitar un visado que le permite vivir en España sin desarrollar una actividad económica. Consulte nuestra página Visa de residencia.

Heredé una casa en el exterior, quiero venderla y traer el dinero a España, ¿qué tengo que hacer?

Para casos como éste recomendamos especialmente recibir asesoramiento legal. Hay varios aspectos que resolver y tener claro antes de comenzar la sucesión. Hay que hacer todo bien, entre otras cosas, para no pagar impuestos dos veces, en tu país y en España. Consulta nuestras páginas de Impuestos y Herencias y donaciones.

¿Debo transferir dinero a España para abonar sus honorarios?

No. Puede pagar online con tarjeta de crédito o débito.

Vivo fuera. Tengo un departamento en Barcelona. ¿Ustedes lo pueden vender? ¿Qué impuestos pagaré por esa venta?

Sí, nosotros nos encargamos de esa venta y te asesoraremos acerca de cuál es la tributación más conveniente.

Vivo en el extranjero y tengo una propiedad en España. No sé si venderla y traer el dinero, o alquilar. Necesito consejo y tal vez la gestión de la venta o alquiler

Nosotros te ayudamos a tomar la mejor decisión, informándote sobre el marco impositivo español, la transferencia internacional del dinero, y eventualmente, gestionando la venta o alquiler de la propiedad.

¿Es necesario que me desplace a España para asistir a una audiencia judicial?

Depende del tipo de procedimiento. En muchos casos podremos asistir en su nombre provistos de un poder. 

¿Cómo puedo comparecer en los Tribunales?
La ley española exige que todos los litigantes, independientemente de su presencia actual en España o la Audiencia, para comparecer ante el tribunal lo hagan representados por un Procurador de los Tribunales convenientemente apoderado, y defendido por un abogado.